Además de la información contenida en las webs de referencia, para el que esté interesado puede leer el siguiente desarrollo del pensamiento político platónico. "La teoría de la justicia en la República platónica: justicia en el alma
y justicia en la ciudad.
El Libro I de La República comienza con una discusión preliminar sobre la vejez y la riqueza, lo que conduce a los dialogantes hacia el tema de la justicia y el gobierno, comenzando las propuestas de definición de la primera. Se comienza por la de Céfalo que afirma que la justicia es la devolución de lo que se debe (Rep. I, 331c), le sigue Polemarco declarando que la justicia consiste en el beneficio a los amigos y el perjuicio a los enemigos, y en tercer lugar surge la opinión de Trasímaco que, en consonancia con Calicles en el Gorgias (Gorg. 484a) indica que la justicia es lo que conviene al más fuerte (Rep. I, 338c), siendo por tanto la injusticia la verdadera excelencia y sabiduría (Rep. I, 48c), posición que más adelante replanteará Adimanto (Rep. II, 362d), hermano de Platón. Las tres posturas son refutadas por Sócrates, que propone como alternativa considerar que la justicia es la excelencia del alma (Rep. I, 353e), lo que lleva la discusión hacia un final aporético, debido a que se ha estado discutiendo acerca de las cualidades de la justicia, de si devolver lo debido, hacer bien a los amigos y mal a los enemigos o desplegar a rienda suelta el propio poder sin restringirlo ni reprimirlo, son cosas justas, en lugar de responder a la pregunta qué es la justicia. Por eso termina diciendo Sócrates que no sabe qué es la justicia, con lo que termina el libro primero, un verdadero diálogo socrático según la mayoría de los especialistas, compuesto con anterioridad al resto de la obra. El Libro II se dedica a una revisión de las doctrinas sobre la justicia que la tradición ha consignado mediante la poesía, evaluándose su pertinencia o impertinencia, y el Libro III se consagra a la determinación de cómo debe ser la educación primaria si se quiere desde la niñez encaminar a los ciudadanos hacia la virtud y la justicia. Analizaremos ambas cuestiones en apartados subsiguientes, ya que el núcleo fundamental de la obra lo representa la exposición de la composición del alma y la ordenación que ha de lograrse entre sus partes para alcanzar la justicia, asunto que trataremos a continuación. Es principalmente en el Libro IV de la República donde Platón, prosiguiendo estudios ya expuestos en el Fedón (que trataría de la inmortalidad) y en el Fedro (que nos ofrecería una alegoría de sus partes) nos ofrece su teoría del alma. Ésta es una unidad pero que puede analizarse descomponiéndose en tres partes fundamentales: el alma racional, el alma irascible o fogosa (thymos) y el alma apetitiva (epithymia) o pasional. El alma racional (lógos psyché), lo racional del alma (tó logistikon tês psychés; Rep. IV, 439d) es lo que tiene que gobernar si se quiere lograr la excelencia y alcanzar la justicia. De forma organicista, esto es, considerando al organismo individual de forma simétrica y conjugada, como en un fractal, al organismo colectivo, Platón presenta el mismo modelo de justicia para el alma y para la ciudad. Debe ser la razón (lógos), la que, utilizando la energía de la parte irascible o colérica (thymos) domada mediante la práctica de la gimnasia y de la música, se encargue de que las pasiones (epithymiai) se moderen. El hombre que no logra la concordancia consigo mismo resulta enemigo no sólo de sí mismo, en cuanto lleno de contradicciones, sino también de la ciudad. Hay una simultaneidad de requerimiento del equilibrio interno y del externo. La justicia de la comunidad y la justicia del alma, la social y la personal, la política y la ética, se identifican y conciben de forma paralela. Esta doble consideración simétrica resulta una novedad platónica con respecto a la tradición poética y trágica, que o bien se ocupaba de una o bien de otra, mostrando contradicciones entre ellas, como la que Sófocles presenta en Antígona, donde se enfrentan las leyes de la costumbre a las leyes de la ciudad. La justicia platónica requiere una sistematización filosófica que elimine semejantes contradicciones de su horizonte, proporcionando una doctrina coherente y consistente tanto individual como colectiva. Para ello Platón no habría dudado con anterioridad a acudir a la realización de una narración mítica. Es mediante el Mito del alma como carro alado del Fedro (246a-249d) que habría dado una explicación intuitiva de la división tripartita del alma. La justicia queda definida en República como un principio inespecífico que tiene el poder de ser plenamente competente en cuanto relación o vínculo de concordancia y concordia, entre las partes del alma (racional, irascible y apetitiva), las virtudes primordiales (prudencia, fortaleza y templanza) y las clases sociales (sabios-filósofos, guerreros y productores) de un Estado arquetípico en el que se desarrollan tres tareas (gobierno, defensa, agricultura y comercio). La estabilidad de la ciudad depende de ese equilibrio simétrico que tiene su asiento en el alma individual y en el alma colectiva. Se admite la movilidad social de acuerdo con la reformulación de Mito de las Edades de Hesíodo (Trabajos 109-201) en el Mito de los Hombres (de oro, plata y bronce, Rep. 415a) que pueden cambiar de posición según la aleación que llegue a ser predominante en ellos. El Libro VIII de República se dedica a analizar los distintos sistemas de gobierno existentes como degeneraciones o corrupciones de mayor o menor grado con respecto al sistema ideal, definido como el gobierno de los mejores (aristocracia); que no debe ser confundido con el gobierno de los nobles en el sentido tradicional del derecho de nacimiento de un linaje particular. Platón distinguirá entre su propuesta de un régimen de gobierno perfecto, que intentaría llevar a cabo en dos ocasiones en Siracusa, y las degeneraciones de éste. Entre la Aristocracia (como régimen mejor) y las formas de gobierno de su época, a las cuales consideraba como degeneraciones de ese gobierno: la Timocracia, la Oligarquía, la Democracia y la Tiranía. Como la justicia sólo anidaría en el primero todos los demás tendrán algún grado de injusticia.
El Platón de Leyes le acabará dando el mayor de los protagonismo a la prudencia (phronesis) y a la búsqueda del término medio entre los extremos, luego cuando su discípulo Aristóteles, en su Política (Libros III-VIII) y en Ética a Nicómaco (1160b) nos ofrezca otra teoría política y otra distinción entre las posibles formas de gobierno, la organizada por pares de opuestos entre la mejor y la peor: Realeza/Tiranía; Aristocracia/Oligarquía; Timocracia/Democracia, considerando la mejor la realeza y la peor la tiranía; resulta difícil no pensar que pudiera estar desarrollando las últimas ideas de su maestro, si es que no llevando a cabo un programa esotéricamente encomendado. Según se deducirá para la posteridad de la teoría aristotélica la democracia resulta el menos malo entre los regímenes imperfectos o desviados, precisamente, por ser el justo medio entre los extremos. |
Mariana >